Regímenes Aduaneros y Obligaciones Tributarias Aduaneras
REGÍMENES ADUANEROS
Los regímenes aduaneros son el conjunto de normas y
procedimientos que regulan el movimiento internacional de mercancías, tanto de
importación como la exportación. Ellos nos permiten recaudar impuestos,
proteger el mercado, garantizar transparencia en la información y prevenir evasiones
de impuestos o contrabando.
En Colombia, el régimen aduanero se refiere a la declaración
de las mercancías ante la autoridad correspondiente y este debe incluir
detalles como la descripción de las mercancías, su valor, origen y destino. Está
regido principalmente por el Decreto 390 de 2016, donde una vez presentada
la mercancía y la documentación, la aduana evaluará la declaración y
determinará los impuestos y derechos aplicables.
Los regímenes pueden variar según el país y la normativa
aduanera local, y su correcto manejo es fundamental para el comercio
internacional y el cumplimiento de las regulaciones aduaneras.
Modalidades de Importación y Exportación en Colombia
En Colombia, como en la mayoría de los países, existen
varios tipos de regímenes aduaneros que se aplican de acuerdo con las
necesidades y características de las operaciones:
Regímenes aduaneros definitivos
Importación Definitiva: La mercancía entra al país
para permanecer de forma permanente. Genera pago de todos los impuestos y
derechos de aduana aplicables. Este régimen es muy importante para las empresas que buscan
incorporar bienes extranjeros de manera permanente a su inventario.
Exportación Definitiva: La mercancía sale del país de
forma permanente para consumo. Su objetivo es fomentar el comercio exterior, y
este tiene un beneficio como permitir la devolución de impuestos pagados
durante la producción, lo que incentiva a las empresas a expandir sus mercados.
Regímenes aduaneros temporales
Importación temporal: es un régimen que permite el
ingreso de mercancías al país por un tiempo determinado y con una finalidad o reparación
específica, sin el pago de tributos aduaneros, pero siempre que se cumpla con
la condición de que dichas mercancías salgan del país en el plazo establecido, es
especialmente útil en ferias o exhibiciones para mercancías con un uso
específico sin transformaciones.
Exportación temporal: permite la salida legal de
mercancías nacionales o nacionalizadas del país por un tiempo determinado y con
un propósito específico, bajo el compromiso de reingresarlas en el mismo estado
o modificadas dentro del plazo autorizado, esto para evitar el pago de
impuestos, lo que facilita la gestión de bienes temporales sin costos
adicionales. Esto es ideal para empresas que participan en proyectos
internacionales o exhibiciones fuera del país.
Régimen de Tránsito Aduanero
Permite el traslado de mercancías bajo control aduanero de
un punto a otro dentro del territorio nacional o entre aduanas internacionales sin
que se causen impuestos o se apliquen restricciones comerciales durante el
trayecto.
Características principales:
Las mercancías están sujetas a la vigilancia y control de
las autoridades aduaneras.
No se aplican impuestos ni restricciones comerciales que
normalmente se aplicarían si la mercancía se considerara importada o exportada.
Permite la circulación eficiente de mercancías, conectando
diferentes puntos del territorio aduanero y facilitando el comercio.
Previene el contrabando y garantiza el destino final
declarado.
No se debe alterar ni descargar la mercancía durante el
tránsito sin autorización aduanera.
Importancia de los Regímenes Aduaneros
- Facilitan
el comercio internacional.
- Otorgan
beneficios fiscales o logísticos.
- Permiten adaptarse a las necesidades de las empresas (procesamiento, reexportación, exhibición, reparación)
Conformación y Surgimiento de la Deuda Tributaria Aduanera
La deuda tributaria aduanera se origina por la obligación de
pagar los impuestos y gravámenes aplicables a las mercancías importadas o
exportadas, según la legislación aduanera vigente. Esto se genera al introducir
mercancías en el territorio aduanero, al incumplir obligaciones aduaneras o al
realizar operaciones que generen derechos de importación o exportación.
Conformación
1. Derechos arancelarios: Son los impuestos que se
aplican sobre las mercancías importadas o exportadas, calculados generalmente como
un porcentaje sobre el valor aduanero de la mercancía.
2. Impuestos adicionales: Además de los derechos
arancelarios, existen otros impuestos que pueden ser aplicables, como el
Impuesto al Valor Agregado (IVA) que pueden variar según el país y el tipo de
producto, y se suman a la deuda tributaria aduanera.
3. Cuando se cometen infracciones aduaneras, como la omisión
de información relevante en la declaración o incumplimiento de obligaciones
formales o materiales (como no presentar documentos o no pagar a tiempo).
La deuda tributaria aduanera surge en diferentes momentos,
dependiendo de la operación aduanera:
1. Importación para el consumo:
La deuda nace con la presentación de la declaración aduanera.
La mercancía es puesta a disposición del importador.
2. Exportación:
Puede generarse deuda si hay tributos internos no cumplidos
o por restitución de beneficios indebidos.
3. Otros regímenes aduaneros:
La deuda puede surgir al incluir mercancías en regímenes
como el despacho a libre práctica, la importación temporal, o al incumplir las
obligaciones asociadas como por ejemplo el tiempo establecido para estos
regímenes.
4. Incumplimiento de obligaciones:
La deuda puede surgir por el incumplimiento de las
obligaciones aduaneras, como la introducción ilegal de mercancías o la no
presentación de documentos.
5. Transferencia de mercancías:
En algunos casos, la deuda puede surgir al transferir
mercancías importadas con exoneración o inafectación tributaria, también por no
declarar correctamente el valor de las mercancías o utilizar las mercancías
importadas para fines distintos a los declarados.
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Extinción de la Deuda Tributaria Aduanera
Se refiere a la terminación legal de la obligación de pagar
tributos aduaneros, una vez que se cumple alguna de las causas previstas por la
legislación aduanera y tributaria.
La obligación tributaria aduanera se extingue por:
a) Pago
Este es el medio más común de extinción de una obligación
tributaria en el cual la deuda es cancelada pagando el monto acordado por la
ley. Se tiene otra opción como lo es, el aplazamiento que difiere la fecha de
vencimiento a un único pago y el fraccionamiento que hace referencia con el
monto de la deuda para que se efectúe en pagos parciales.
b) Compensación
La DIAN admite la posibilidad de que las obligaciones se
extingan de manera total o parcial por compensación cuando el contribuyente
tiene créditos a su favor con la administración aduanera que le aplican para
saldar su deuda existente.
c) Prescripción
Este término hace referencia a que la deuda tributaria
prescriben generalmente y según el país a los 4 o 5 años desde el día que se
genera la obligación, luego de pasado este tiempo la DIAN queda imposibilitada y
pierde el poder de embargar los bienes del contribuyente.
d) Condonación
La autoridad aduanera o fiscal requiere de una base legal
donde puede perdonar de manera total o parcial la deuda, generalmente son por
causas justificadas como ejemplo desastres naturales, políticas económicas o
impuestas por exigencia de la justicia.
e) Decomiso administrativo de las mercancías.
Esta es una sanción aduanera que consiste en la pérdida
definitiva de las mercancías a favor del Estado, cuando se cometen infracciones
graves como contrabando, declaración falsa o el ingreso y salida de mercancías
sin cumplir requisitos legales. Una vez que la mercancía es decomisada y
adjudicada al Estado, se puede considerar que la deuda tributaria asociada a
esa mercancía ya no es exigible, porque el Estado recupera su valor a través de
la adjudicación o subasta de esta.
Es importante tener en cuenta que la gestión de la Deuda
Tributaria Aduanera debe realizarse de acuerdo con las disposiciones legales
vigentes y el incumplimiento de las obligaciones tributarias en el Estatuto
Tributario y el Decreto 1165 de 2019, de lo contrario puede incurrir
en sanciones adicionales e implicaciones legales.
Glosario de Términos en el Marco de la Deuda Tributaria Aduanera
A continuación, un glosario de términos clave relacionados
con la Deuda Tributaria Aduanera:
|
Término |
Definición |
|
Derechos Arancelarios |
Tributo aplicado a la
importación o exportación de mercancías, calculado sobre su valor o unidad.
Incluye aranceles Ad-Valorem (porcentaje (%) del valor CIF (Costo +
Seguro + Flete) de la mercancía), específicos (monto fijo por unidad,
kilo, litro) y mixtos (Combinan ambos tipos: una parte porcentual y otra fija) |
|
Valor CIF |
Valor de la mercancía Costo
+ Insurance (seguro) + Flete (transporte). Base para calcular
tributos aduaneros. |
|
Tributo Aduanero |
Es todo gravamen e impuesto
interno que se cause por la importación, exportación o el tránsito de
mercancías. |
|
Mercancía en libre circulación |
Las mercancías de las que se
puede disponer por que han sido debidamente declaradas por el importador o
exportador en la documentación aduanera requerida sin restricciones. |
|
Sellos aduaneros |
Hace referencia a las marcas,
precintos o distintivos de seguridad que estampa la Aduana con el fin de
prevenir o de permitir la constatación de cualquier daño a la integridad de los
dispositivos de cierre de los vehículos. Pueden también servir de medio de
identificación de las mercancías. |
|
Base Imponible |
Valor sobre el cual se calculan
los tributos (ej. valor CIF para derechos arancelarios e IGV). |
|
Control Aduanero |
El control aduanero es un conjunto
de acciones, procedimientos, medidas y verificaciones que realizan las
autoridades para supervisar, regular y garantizar el cumplimiento de las
leyes y normativas aplicables al ingreso, permanencia, tránsito y salida de
mercancías del territorio aduanero. |
|
Mercancías encontradas |
Toda mercancía que carezca de
documentación que acredite su legal introducción o permanencia en el
territorio aduanero se presume ilegal o de contrabando. Si se identifica al
responsable en el momento de la inspección, puede exigirse el pago de
tributos, multas y generar sanciones. |
|
Abandono de hecho o tácito |
Es cuando la administración
aduanera declara abandonada en favor del Estado, las mercancías que
permanezcan en almacenamiento bajo control de la aduana, fuera de los plazos
establecidos por ley y su reglamento. |
|
Intereses Moratorios |
Penalización económica adicional
que se aplica cuando una persona o entidad no paga una deuda dentro del plazo
acordado. Su objetivo es compensar al acreedor por el retraso en el
cumplimiento de la obligación del pago de tributos aduaneros. |
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Sanciones, Infracciones y Notificaciones en el Contexto
de Importar y Exportar
El comercio exterior está regulado por la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y por las normas del Estatuto Aduanero
(Decreto 1165 de 2019 y sus modificaciones). En este marco, se definen
claramente las infracciones aduaneras, las sanciones aplicables y los
procedimientos de notificación.
Infracciones y sanciones
Exportar mercancías por rutas diferentes a las autorizadas
por la DIAN y que no están habilitadas dentro del territorio aduanero nacional para
transportar dichas mercancías. Una sanción aplicable equivalente a treinta (30)
salarios mínimos por cada infracción.
No entregar a la DIAN la información del manifiesto de carga
dentro de las 24 horas siguientes al embarque de la mercancía por medio de los
servicios informáticos electrónicos, con sanción aplicable equivalente a siete
(7) salarios por cada infracción.
Entregar la mercancía con menos peso del consignado en la
Declaración de Tránsito Aduanero, tratándose de mercancía a granel o cantidad,
con una sanción aplicable a setenta (70) salarios por cada infracción.
Efectuar el tránsito aduanero en vehículos que no
pertenezcan a empresas inscritas y autorizadas ante la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales o que no puedan ser precintados o sellados en forma tal que
garanticen la seguridad de la mercancía para evitar posible contrabando, con
una sanción aplicable a siete (7) salarios por cada infracción.
Estas sanciones pueden incurrir en suspensión de las actividades
por medio del RUT aduanero hasta el decomiso de mercancías que no cumplan con
las normas ya establecidas por las entidades aduaneras.
Notificaciones
La DIAN como procedimiento debe notificar estrictamente a
los interesados cuando detecta posibles infracciones o cuando decide imponer
sanciones. Estas notificaciones deben seguir un debido proceso, garantizando su
derecho a la defensa.
Se hacen por medios electrónicos o físicos, estos se
ejecutan según el canal de notificación que el usuario diligencio en el RUT. La
notificación debe incluir
- Identificación
de la infracción.
- Valor
de la sanción o tributo omitido.
- Plazo
para responder o pagar.
- Derecho
a presentar descargos, recursos o pruebas.
El incumplimiento a la legislación aduanera como, por
ejemplo, la presentación incorrecta o tardía de la información relacionada a la
obligación tributaria, está sujeta a sanciones como multas,
cierre de negocios, decomiso de activos, revocación de licencias, un perjuicio
económico o aún más grave la privación de la libertad.
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Bibliografía
https://klog.co/blog/que-son-los-regimenes-aduaneros
https://www.fiscal-impuestos.com/8.-La-extincion-de-la-deuda-tributaria.html
https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/Paginas/glosario.aspx
https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143338
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